viernes, 2 de marzo de 2012

¿Qué pasa con "nuestro" Convenio Colectivo?

Intersindical Canaria, Comisiones Obreras, Unión General de Trabajadores..¿Qué pasa con "nuestro" Convenio Colectivo?
Estamos a la espera desde finales de 2008


La prórroga máxima de los convenios colectivos vencidos será de dos años, con lo que la nueva reforma laboral pone límite a la denominada "ultraactividad" que permitía el alargamiento prácticamente indefinido de los convenios, ha explicado la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez.
Si no se alcanzase un acuerdo entre los agentes sociales la empresa iría a la solución extrajudicial de conflictos y, en su caso, al arbitraje, manteniendo el principio de voluntariedad. De no alcanzar el acuerdo, una de las partes podrá acudir a la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos o sus equivalentes autonómicos, que nombrara un árbitro y resolverá en 25 días como máximo.
Para ahondar en la flexibilidad interna de las empresas y evitar que el despido sea el último recurso al que tenga que recurrir un empresario en caso de circunstancias difíciles, la reforma introduce la prioridad de los convenios de empresa independientemente de lo que se pacte en convenios de nivel superior.
Asimismo, se facilita a las empresas en dificultades que se puedan "descolgar" del convenio, es decir no cumplir con lo pactado por las partes. La reforma pone fin a la ultraactividad indefinida de los convenios, es decir de su prórroga automática cuando vence, y establece que las partes deberán negociar un nuevo convenio en el plazo máximo de dos años, fecha en la que dejará de estar vigente.

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