Ni tan siquiera vamos a entrar en el detalle de las modificaciones en los procesos selectivos restringidos ya que, a simple vista, basta solo una pequeña mirada para comprobar que aquella persona que haya tenido la fortuna de desempeñar trabajos de superior categoría ya ha sido “premiado” con el mayor salario que se percibe y por tener acceso a una práctica en el desempeño de la plaza a la que supuestamente aspira y que la ULL no proporciona al colectivo desde hace muchos años. A nuestro juicio es obscenamente discriminatorio. (Hay personas que llevan más de veinte años ocupando “temporalmente” una plaza de superior categoría)
Nos centraremos pues en el texto del correo remitido por el Comité de Empresa aunque, a nuestro juicio, se parece más a un texto elaborado por la Gerencia o incluso por el propio rector de la ULL.
“recoge algunos cambios que tienen como principal objetivo ir adaptando las convocatorias a las nuevas necesidades y realidades de nuestra plantilla. Es un pequeño paso para que, poco a poco, se vayan actualizando y vayan dando respuesta a las necesidades de una universidad del siglo XXI.”
¿Dónde quedó el valor de las asambleas para la toma de decisiones que afectan o puedan afectar y condicionar el futuro de todos los miembros de nuestra plantilla? ¿Es representativo el nivel de participación de quienes se ha “recogido la mayoría de las aportaciones que han llegado al Comité por parte de ustedes”.
Además de pequeños cambios (aunque en realidad deberían decir irrelevantes) que van a servir para aclarar algunas cosas que creaban confusión en los tribunales o en las personas que han participado en los procesos selectivos, hemos trabajado en dos aspectos que queremos destacar:
El “reconocimiento” del trabajo realizado en cualquier grupo profesional de la misma especialidad, incluidos los grupos superiores en adscripción provisional.
Dar el peso que se merece a la formación en general y el reconocimiento de los títulos de idioma según el Marco Común Europeo de Referencia (MCER), tal y como ya se está haciendo en la mayoría de las administraciones públicas.
No es la primera vez que este Comité de
Empresa parece no entender que se llama así porque este es el nombre que la ley
le atribuye a estos órganos, encargados de defender los derechos en intereses
de las trabajadoras y los trabajadores de una empresa, no porque trabajen para
la empresa.
Si
alguien de la plantilla habla catalán, gallego o polaco que corra a certificar
sus conocimientos, no se lo pedirán como requisito para el acceso, pero, le
darán un premio extra, aunque el idioma no les sirva para nada.
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