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viernes, 20 de junio de 2025

SI NACISTE PA’MARTILLO DEL CIELO TE CAEN LOS CLAVOS… (Rubén Blades, Pedro Navaja)

 


Ni tan siquiera vamos a entrar en el detalle de las modificaciones en los procesos selectivos restringidos ya que, a simple vista, basta solo una pequeña mirada para comprobar que aquella persona que haya tenido la fortuna de desempeñar trabajos de superior categoría ya ha sido “premiado” con el mayor salario que se percibe y por tener acceso a una práctica en el desempeño de la plaza a la que supuestamente aspira y que la ULL no proporciona al colectivo desde hace muchos años. A nuestro juicio es obscenamente discriminatorio. (Hay personas que llevan más de veinte años ocupando “temporalmente” una plaza de superior categoría)

Nos centraremos pues en el texto del correo remitido por el Comité de Empresa aunque, a nuestro juicio, se parece más a un texto elaborado por la Gerencia o incluso por el propio rector de la ULL.

“recoge algunos cambios que tienen como principal objetivo ir adaptando las convocatorias a las nuevas necesidades y realidades de nuestra plantilla. Es un pequeño paso para que, poco a poco, se vayan actualizando y vayan dando respuesta a las necesidades de una universidad del siglo XXI.” 

¿Dónde quedó el valor de las asambleas para la toma de decisiones que afectan o puedan afectar y condicionar el futuro de todos los miembros de nuestra plantilla? ¿Es representativo el nivel de participación de quienes se ha “recogido la mayoría de las aportaciones que han llegado al Comité por parte de ustedes”.

Además de pequeños cambios (aunque en realidad deberían decir irrelevantes) que van a servir para aclarar algunas cosas que creaban confusión en los tribunales o en las personas que han participado en los procesos selectivos, hemos trabajado en dos aspectos que queremos destacar:

El “reconocimiento” del trabajo realizado en cualquier grupo profesional de la misma especialidad, incluidos los grupos superiores en adscripción provisional.

Dar el peso que se merece a la formación en general y el reconocimiento de los títulos de idioma según el Marco Común Europeo de Referencia (MCER), tal y como ya se está haciendo en la mayoría de las administraciones públicas.

No es la primera vez que este Comité de Empresa parece no entender que se llama así porque este es el nombre que la ley le atribuye a estos órganos, encargados de defender los derechos en intereses de las trabajadoras y los trabajadores de una empresa, no porque trabajen para la empresa.

Si alguien de la plantilla habla catalán, gallego o polaco que corra a certificar sus conocimientos, no se lo pedirán como requisito para el acceso, pero, le darán un premio extra, aunque el idioma no les sirva para nada.

domingo, 26 de enero de 2025

UNA CUESTION DE COMPETENCIAS


 


No parece muy acertado, ni recomendable, jugarse todas las opciones de una negociación a la “ruleta rusa”. 

Sobre todo, sabiendo y conociendo a quien carga la “pistola”.




martes, 30 de julio de 2024

Lo siento mucho, me he equivocado, no volverá a ocurrir...(gerenta dixit) hasta la próxima vez (añadimos)

 

Decía el Comité de Empresa en el último Boletín Informativo* en referencia a la propuesta de modificación de la RPT de laborales que: “Ante esta situación el comité decidió no firmar el acuerdo que se nos presentaba ya que entendimos que era más una imposición que una propuesta a negociar. Esto supone que no existe acuerdo en la totalidad de la Memoria y que, por tanto y en principio, no se va a producir la reforma de la RPT propuesta por la Gerenta”... un par de días después, el Consejo de Gobierno aprobó sin el acuerdo del Comité la modificación de la RPT.



Las argumentaciones manifestadas durante  la resolución del punto acerca de esta modificación la puedes ver y oír en el video de la sesión  desde el minuto 31’29 hasta el 1h:02  y donde la mayor parte del tiempo lo ocupa la señora gerenta (31:39 - 49:34), básicamente para decir “esto es lo que hay, lentejas, o las comes o las dejas” y como no es la primera vez que lo hace, parece compartir el popular dicho de que “al que no quiere lentejas, se le llena el plato”.

El resultado de la votación fue de 34 votos a favor, 2 votos en contra y 5 abstenciones y creemos importante resaltar que no hubo ninguna intervención correspondiente a los representantes del personal laboral en el Consejo, en donde está representado el Comité de Empresa por medio de su presidente y alguna otra representante de nuestro colectivo.

Para resumir el delirante “debate” destacaremos las intervenciones a favor de aprobar la modificación sin el acuerdo con el Comité de empresa. La primera, del representante del Consejo Social, un “famoso” abogado laboralista ligado a la actividad sindical. La segunda, por parte de un representante del alumnado que declara también ser sindicalista (y del PSOE añadimos nosotros) y la tercera, por parte del Vicerrector de personal docente, decano de Bellas Artes durante muchos años, y que reconocía haber tratado la “urgencia” de este asunto con los dos gerentes anteriores (ocho años).

Mencionaremos también la intervención del presidente de la Junta de PDI funcionario que en algún sentido criticó la ausencia de acuerdo aunque no en la línea que su propio sindicato manifiesta en el comentario publicado a este respecto.

Concluyendo “lo siento mucho, me equivoque, no volverá a ocurrir”…Hasta la próxima vez que ocurra y que visto el respeto y consideración que le tienen a nuestro Comité de empresa no creemos que tarde mucho en llegar.

* Si el quorum del Comité de empresa preocupa para cuestiones como, justificar la publicación de un boletín sin el acuerdo de la mitad del Comité, entendemos su preocupación, pero nuestra posición seria la misma. El boletín de un órgano colegiado debe representar a todos sus miembros, de lo contrario es el Boletín de los que ostentan la mayoría.

jueves, 16 de mayo de 2024

ZAPATERO, A TUS ZAPATOS

 

Texto completo del correo enviado por el Director de la BULL, al personal, que ha generado un debate y una preocupación innecesaria (horario biblioteca) entre el personal de la biblioteca, cuando el verdadero problema es el cierre de bibliotecas y la sobrecarga de tareas por la no cobertura de los puestos de trabajo vacantes.


Nos parece muy preocupante que ante la consulta o reclamación de “un decano”, dirigida a la dirección de la biblioteca, acerca del horario de apertura (entendemos que al público), en lugar de dar la respuesta adecuada desde la propia dirección, se dé traslado a la gerencia de la ULL, que seguramente desconoce y, que se limita a responder lo recogido en nuestra normativa laboral general. ¿No es la responsabilidad de la dirección limitarse a comunicar el horario establecido?

Nos parece enormemente irresponsable que desde la propia dirección de la Biblioteca no se atenga a responder con el horario establecido y quiera cuestionar, de manera torticera y tramposa, el horario implantado desde hace años.

Acerca del escrito enviado desde el Comité de Empresa informando de la reunión mantenida, desconocemos cuándo y cómo se tomó esa decisión y que a nuestro juicio es un error en cuanto a los interlocutores elegidos. Nuestra sección sindical jamás va a reconocer,  en asuntos relacionados con nuestros derechos laborales, la competencia negociadora de ningún vicerrectorado, llámense de infraestructura o de cualquier otra materia y, al contrario de lo que ahí se manifiesta, la única injerencia es la de la vicerrectora y la de su directora de secretariado. Además, opinamos que no es del todo correcto lo que se manifiesta sobre la capacidad de los responsables de los servicios de determinar el horario de apertura de los mismos. A nuestro juicio, la gestión de los recursos y servicios de la universidad no se determinan directamente en esos servicios y sí con el concurso y la participación del servicio de recursos humanos y otros responsables organizativos de la ULL y el visto bueno (en materia de cumplimiento de los derechos laborales) de los órganos de representación de los trabajadores, ya que, como es evidente, el horario de apertura al público de las bibliotecas afecta tanto al personal laboral, como al personal funcionario.

No se trata solo de recoger el margen de cortesía, sino, también, el deber de abrir los servicios en las condiciones apropiadas; incluso las máquinas con las que trabajamos necesitan un tiempo para funcionar adecuadamente y, no está de más recordar que, no somos máquinas.

Es la segunda vez que este Comité de Empresa se sienta a “negociar” o debatir con quien no tiene ninguna competencia en el ámbito del personal laboral, pero, a pesar de lo complicado que este equipo de gobierno y sus titulares nos lo pone, seguimos considerando  que esa competencia la tiene exclusivamente la gerencia de la Universidad.

Por supuesto no vamos a entrar en la respuesta que desde la gerencia se le dirige a la dirección que, en cualquier caso, y salvo la coletilla del horario de atención (que no menciona al público), se ajusta a lo establecido en nuestra normativa laboral.

En virtud de lo acontecido, parece evidente que, quien tiene la máxima responsabilidad en la gestión y organización del Servicio de Biblioteca ha mantenido una postura poco profesional, y con ella ha puesto en evidencia el profundo desconocimiento de la actual gerente sobre el funcionamiento de los servicios universitarios, el sistema de funcionamiento de cada uno de ellos y, por añadidura, de la debida consideración a las personas que en esta institución realizamos nuestro trabajo. El origen y las consecuencias de este disparate sinsentido, a nuestro juicio, están exclusivamente en la actitud irresponsable de la Dirección de la Biblioteca. 

Las “irresponsables” trabajadoras y los “irresponsables” trabajadores de la ULL sabemos, perfectamente (y no gracias a la gerencia), cuáles son nuestros horarios de trabajo y cuáles son nuestras competencias y responsabilidades.

La pregunta que nos surge es: ¿saben aquellos que se denominan responsables de servicios y de gestión cuáles son las suyas?

domingo, 12 de mayo de 2024

Lo siento mucho, me he equivocado, no volverá a ocurrir...(emérito dixit)

 

Algunas consideraciones sobre comentarios, afirmaciones y algunos hechos acontecidos durante estos meses.

No, la gerencia no puede publicar una circular de vacaciones que no haya sido acordada con el Comité de Empresa. De hecho publicó una prórroga de la misma (que en realidad era la actualización del calendario laboral del año 24) y que aun así, a nuestro juicio, tenía que haber sido denunciada por el Comité de Empresa como un incumplimiento flagrante del nuestro Convenio Colectivo. Una parte no puede prorrogar un acuerdo alcanzado entre dos. Este hecho, y el no haber negociado y publicado el acuerdo de la circular de permisos y licencias en el espacio de tiempo que determina el Convenio (las vacaciones ya se regulan en él) debería haber sido denunciado ante la inspección de trabajo, desde un primer momento.

Ni este Comité de empresa, ni esta universidad, tienen competencia alguna para modificar aspectos básicos y fundamentales de las condiciones de trabajo recogidos y regulados en el Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas de Canarias y el régimen de jornadas y los horarios, a nuestro juicio, lo son.

A nuestro juicio el Comité de Empresa tiene la obligación de utilizar todas las herramientas y medidas de presión necesarias, para exigir el cumplimiento del Convenio Colectivo y de los acuerdos que en el mismo se determinan.

Siendo la gerenta, como dicen desde el propio Comité, un obstáculo para el entendimiento y el buen funcionamiento del cumplimiento de los acuerdos, parece de pura lógica que el Comité de empresa debería haber exigido al Rector de la ULL, desde un primer momento, el cese inmediato de la gerenta y comunicarle que de proseguir la institución universitaria incumpliendo los acuerdos y las obligaciones para con su personal laboral, recurrirá a adoptar todas aquellas medidas que considere necesarias, incluida la huelga del personal laboral.

Si la Universidad de La Laguna no quiere alcanzar un acuerdo sobre la circular de permisos y licencias, a la que en principio solo habría que haber adaptado el calendario laboral del año y negociar los puentes anuales, quizás es el momento de plantearles una duda, más que razonable, que surge a esta consecuencia y que sin duda coloca a la ULL en una delicada situación: De no publicarse en nuestra circular de vacaciones (acordada, lógicamente) los cierres aprobados por el Consejo de Gobierno, ¿Son legales esos cierres? ¿Son aplicables al personal laboral?

 

Lo siento mucho, me he equivocado, no volverá a ocurrir
lo siento mucho, me he equivocado, no volverá a ocurrir

 


 

La reducción horaria que pretende modificar la gerencia es de igual aplicación para todo el personal laboral, sin distinciones, tal y como se recoge en el convenio colectivo y en el acuerdo de la paritaria del pasado año.

Si la “gerenta modernizadora” quiere modificar nuestro convenio colectivo debería saber cuál es la vía para hacerlo, y desde luego no es a través del Comité de Empresa.

Permítannos por último un comentario acerca de la “modernizadora gerenta” que el “dialogante rector” nos ha impuesto.

No hay nada de moderno en insultar y menospreciar a las trabajadoras y trabajadores e intentar recortarles sus derechos. Se lleva haciendo toda la vida y por eso existen los sindicatos.

martes, 23 de abril de 2024

DERECHOS LABORALES EN PORCIONES Y A CUENTAGOTAS

Primero le colaron al nuevo Comité de Empresa los cierres institucionales a través de una maniobra “tradicionalmente” utilizada por la ULL más propia de profesionales del timo que de gestores universitarios a los que se les supone la responsabilidad de acometer una negociación honesta.

Después incumplen con malas mañas, y de manera intencionada, con las obligaciones negociadas y reguladas entre ambas partes, la institucional y la representación sindical.

Luego se desmarcan intentando negociar de forma parcial aspectos de lo que, sin duda alguna, es un único documento (circular de vacaciones) integrado y regulado en nuestro convenio colectivo y propio del personal laboral.



En conclusión, un auténtico disparate sin consistencia argumental, sin el más mínimo respeto a los ámbitos competenciales, sin el menor resquicio de consideración a los acuerdos y la normativa reguladora derivada de esos acuerdos, y por supuesto a todas las personas que conformamos este colectivo.

lunes, 4 de marzo de 2024

EL CIERRE DE LA ULL, UN "JUEGO" DE TRILEROS

 


A este nuevo Comité de empresa también le han colado la “negociación” de los cierres institucionales a través de una maniobra utilizada por la ULL más parecida al timo de los trileros o del tocomocho, que a una negociación honesta.

¿Por qué decimos que es un timo y no una negociación honesta? Lo explicaremos brevemente.

La ULL convoca a cuatro órganos de representación para modificar los periodos vacacionales; pero de esos cuatro órganos convocados dos (que corresponden al PDI) no tienen ninguna opción de negociar sus vacaciones, el tercero las tiene, pero bastante limitadas, por lo tanto, solo queda uno que tiene plena capacidad para hablar y negociar sus periodos vacacionales, como así se recoge en nuestro convenio colectivo.

Si el Comité de empresa, en lugar de negarse a participar en esa “negociación” decide participar en ese “juego”, ya el truco les dio resultado: 3 votos a favor (más el de la ULL) y uno, el del Comité de empresa que ya puede ser en contra, la abstención o incluso no votar. El hecho de participar en ese “juego” le da a la ULL la legitimidad legal (que no ética ni moral) para decretar los cierres. Y encima le sale gratis.



Para evitar que esta situación se repita en los próximos años, presentaremos una propuesta al comité de empresa para que comunique a la ULL la decisión de que en todas las futuras negociaciones donde se traten asuntos relacionados con la aplicación de nuestro convenio colectivo y nuestros derechos laborales, asistiremos a esas negociaciones para acordar, exclusivamente, con la gerencia de la ULL.

martes, 6 de febrero de 2024

UNA CIRCULAR CARNAVALERA


 

A toda prisa y corriendo la gerencia de la ULL ha publicado en el día de hoy 6 de febrero, una parte de la circular de vacaciones, que debía estar negociada antes del final del año pasado.

Al parecer la excusa para haber llegado hasta aquí sin la circular negociada, es que el Consejo de Gobierno no ha aprobado los cierres correspondientes a este año.

Recordaremos, para conocimiento general como ya hemos hecho en alguna anterior ocasión, que la circular de vacaciones y permisos está vinculada con nuestro convenio colectivo y los cierres que quiera aplicar la ULL, no.

Como ya hemos dicho los cierres nada tienen que ver con las condiciones negociadas en nuestro convenio, pero, para que sean de obligado cumplimiento por nuestra plantilla, requieren de un acuerdo con el comité de empresa.

La ULL suele utilizar la trampa de convocar a los cuatro órganos de representación del personal, para negociar unos cierres que modifican las condiciones pactadas en nuestro convenio y que desde hace ya unos cuantos años, y gracias a que el Comité accede a las condiciones de negociación impuestas por la ULL, se aprueban con el voto en contra (o la abstención que es peor todavía) del propio Comité de Empresa y el voto a favor de los que están obligados a ese periodo vacacional.

Insistiremos en que, sindicalmente, no nos parece adecuado aceptar imposiciones que modifiquen a capricho nuestras condiciones de trabajo y le recordamos al equipo de gobierno y a nuestros compañeros representantes  que no hay  nada que determine que el comité de empresa tenga obligación de sentarse a negociar modificaciones de lo pactado en nuestro convenio colectivo.

jueves, 9 de noviembre de 2023

LA POLITICA DE PERSONAL DE LA ULL: AÑOS DE GESTIÓN NEFASTA Y EMPECINAMIENTO

 

Al parecer, tanto a la señora gerente como a la señora Vicerrectora de Infraestructuras, no les gustan los Estatutos que no hace mucho tiempo aprobó el Claustro de la ULL. Lástima, que el Rector no haya propuesto a los grupos claustrales su modificación.

Al parecer, tanto a la señora gerente como a la señora Vicerrectora de Infraestructuras, no les gusta la delegación de competencias que les ha asignado el Sr. Rector  en mayo de este mismo año. Lástima, para ellas, que el Sr. Rector no las haya modificado.

Una nueva instrucción conjunta, de la gerencia y del Vicerrectorado de Sostenibilidad e Infraestructuras, por la que “se articula el procedimiento de gestión de los servicios de mantenimiento de la Universidad de La Laguna”, profundiza en los desatinos de la anterior y vulnera no solo los Estatutos de la ULL, sino, además, la Resolución rectoral del 10 de mayo de 2023 sobre la delegación de competencias, aprobada por el Consejo de Gobierno de esta Universidad el 9 de mayo del mismo mes.

Si la anterior comunicación trataba de modificar las funciones del personal laboral utilizando una vía torticera, autoritaria e inaceptable para los representantes del PAS Laboral; con esta nueva instrucción la cosa se complica, aún más, y pretende, de un plumazo, no solo romper con el derecho de las trabajadoras y trabajadores a negociar sus condiciones de trabajo; sino, además, burlarse de las resoluciones del Consejo de Gobierno, de la normativa que regula la actividad de la ULL, y,  de paso, las resoluciones del propio Rector de la Universidad de La Laguna.

En el texto de dicha instrucción, que reproducimos a continuación, se expresa, de forma manifiesta e inequívoca, la intención de delegar competencias, propias y exclusivas de quien ocupa la gerencia, en la figura de la Vicerrectora de Infraestructuras; desacatando, de manera incomprensible, la resoluciones del Sr. Rector y del Consejo de Gobierno.

procedimiento de gestión de los servicios de mantenimiento de la Universidad de La Laguna   

 

No vamos a entrar en muchos más detalles de lo que, a nuestro juicio, es un auténtico disparate de instrucción; pero nos llama mucho la atención la manera de aderezarla. Si a una medida sin justificación motivada, se le añaden algunos términos muy en boga como: priorizar, optimizar, planificar, agilizar, transparencia y, por supuesto, app,  parece esconder el razonamiento de que ya hemos entrado en la modernidad y se han resuelto los problemas; pero, permítannos hacer un pequeño comentario sobre un detalle insignificante; si quieren ustedes, como también es nuestro deseo, optimizar y agilizar el servicio de mantenimiento, empiecen por cubrir los puestos de trabajo vacantes por bajas, jubilaciones, traslados, etc.

Para no extendernos demasiado, dejaremos el resto de aspectos que señalamos en el documento para otra ocasión.

Permítannos, hacer una reflexión final sobre la propuesta y la posición de las responsables de la misma. El inconveniente, para ellas, es que tienen que cumplir con aquellas tareas para las que fueron designadas y elegidas.

Otro inconveniente seria, que nos dotamos de normas, reglamentaciones, leyes o convenios que, además de ser de obligado cumplimiento (para todos), son las que garantizan el adecuado funcionamiento de la administración a la que pertenecemos. En esas reglamentaciones, también, se articulan las causas y los medios para modificarlas, adaptarlas, mejorarlas etc.

El problema para nosotras y nosotros, consecuencia de las nefastas políticas en la gestión de personal de los últimos equipos de gobierno, es tener que estar peleando continuamente para que “lo acordado” se cumpla, y para no perder ni un ápice de aquellos derechos y condiciones que nos hemos ganado y que sin lugar a dudas nos merecemos.  

Delegación de competencias a la Gerente de la ULL

Repetimos, nuevamente, algunos extractos de los Estatutos y de la delegación de competencias del Sr. Rector, por si nos pueden explicar qué parte es la que no les queda suficientemente clara o no entienden.

Si la cuestión es, que, a estas personas, no les gustan las funciones que tienen encomendadas; pues tiene fácil solución, dimitir.

Si la cuestión es otra, entonces, igual, “alguien” debería cesarlas.

Estatutos de la ULL