domingo, 12 de mayo de 2024

Lo siento mucho, me he equivocado, no volverá a ocurrir...(emérito dixit)

 

Algunas consideraciones sobre comentarios, afirmaciones y algunos hechos acontecidos durante estos meses.

No, la gerencia no puede publicar una circular de vacaciones que no haya sido acordada con el Comité de Empresa. De hecho publicó una prórroga de la misma (que en realidad era la actualización del calendario laboral del año 24) y que aun así, a nuestro juicio, tenía que haber sido denunciada por el Comité de Empresa como un incumplimiento flagrante del nuestro Convenio Colectivo. Una parte no puede prorrogar un acuerdo alcanzado entre dos. Este hecho, y el no haber negociado y publicado el acuerdo de la circular de permisos y licencias en el espacio de tiempo que determina el Convenio (las vacaciones ya se regulan en él) debería haber sido denunciado ante la inspección de trabajo, desde un primer momento.

Ni este Comité de empresa, ni esta universidad, tienen competencia alguna para modificar aspectos básicos y fundamentales de las condiciones de trabajo recogidos y regulados en el Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas de Canarias y el régimen de jornadas y los horarios, a nuestro juicio, lo son.

A nuestro juicio el Comité de Empresa tiene la obligación de utilizar todas las herramientas y medidas de presión necesarias, para exigir el cumplimiento del Convenio Colectivo y de los acuerdos que en el mismo se determinan.

Siendo la gerenta, como dicen desde el propio Comité, un obstáculo para el entendimiento y el buen funcionamiento del cumplimiento de los acuerdos, parece de pura lógica que el Comité de empresa debería haber exigido al Rector de la ULL, desde un primer momento, el cese inmediato de la gerenta y comunicarle que de proseguir la institución universitaria incumpliendo los acuerdos y las obligaciones para con su personal laboral, recurrirá a adoptar todas aquellas medidas que considere necesarias, incluida la huelga del personal laboral.

Si la Universidad de La Laguna no quiere alcanzar un acuerdo sobre la circular de permisos y licencias, a la que en principio solo habría que haber adaptado el calendario laboral del año y negociar los puentes anuales, quizás es el momento de plantearles una duda, más que razonable, que surge a esta consecuencia y que sin duda coloca a la ULL en una delicada situación: De no publicarse en nuestra circular de vacaciones (acordada, lógicamente) los cierres aprobados por el Consejo de Gobierno, ¿Son legales esos cierres? ¿Son aplicables al personal laboral?

 

Lo siento mucho, me he equivocado, no volverá a ocurrir
lo siento mucho, me he equivocado, no volverá a ocurrir

 


 

La reducción horaria que pretende modificar la gerencia es de igual aplicación para todo el personal laboral, sin distinciones, tal y como se recoge en el convenio colectivo y en el acuerdo de la paritaria del pasado año.

Si la “gerenta modernizadora” quiere modificar nuestro convenio colectivo debería saber cuál es la vía para hacerlo, y desde luego no es a través del Comité de Empresa.

Permítannos por último un comentario acerca de la “modernizadora gerenta” que el “dialogante rector” nos ha impuesto.

No hay nada de moderno en insultar y menospreciar a las trabajadoras y trabajadores e intentar recortarles sus derechos. Se lleva haciendo toda la vida y por eso existen los sindicatos.

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