jueves, 9 de noviembre de 2023

LA POLITICA DE PERSONAL DE LA ULL: AÑOS DE GESTIÓN NEFASTA Y EMPECINAMIENTO

 

Al parecer, tanto a la señora gerente como a la señora Vicerrectora de Infraestructuras, no les gustan los Estatutos que no hace mucho tiempo aprobó el Claustro de la ULL. Lástima, que el Rector no haya propuesto a los grupos claustrales su modificación.

Al parecer, tanto a la señora gerente como a la señora Vicerrectora de Infraestructuras, no les gusta la delegación de competencias que les ha asignado el Sr. Rector  en mayo de este mismo año. Lástima, para ellas, que el Sr. Rector no las haya modificado.

Una nueva instrucción conjunta, de la gerencia y del Vicerrectorado de Sostenibilidad e Infraestructuras, por la que “se articula el procedimiento de gestión de los servicios de mantenimiento de la Universidad de La Laguna”, profundiza en los desatinos de la anterior y vulnera no solo los Estatutos de la ULL, sino, además, la Resolución rectoral del 10 de mayo de 2023 sobre la delegación de competencias, aprobada por el Consejo de Gobierno de esta Universidad el 9 de mayo del mismo mes.

Si la anterior comunicación trataba de modificar las funciones del personal laboral utilizando una vía torticera, autoritaria e inaceptable para los representantes del PAS Laboral; con esta nueva instrucción la cosa se complica, aún más, y pretende, de un plumazo, no solo romper con el derecho de las trabajadoras y trabajadores a negociar sus condiciones de trabajo; sino, además, burlarse de las resoluciones del Consejo de Gobierno, de la normativa que regula la actividad de la ULL, y,  de paso, las resoluciones del propio Rector de la Universidad de La Laguna.

En el texto de dicha instrucción, que reproducimos a continuación, se expresa, de forma manifiesta e inequívoca, la intención de delegar competencias, propias y exclusivas de quien ocupa la gerencia, en la figura de la Vicerrectora de Infraestructuras; desacatando, de manera incomprensible, la resoluciones del Sr. Rector y del Consejo de Gobierno.

procedimiento de gestión de los servicios de mantenimiento de la Universidad de La Laguna   

 

No vamos a entrar en muchos más detalles de lo que, a nuestro juicio, es un auténtico disparate de instrucción; pero nos llama mucho la atención la manera de aderezarla. Si a una medida sin justificación motivada, se le añaden algunos términos muy en boga como: priorizar, optimizar, planificar, agilizar, transparencia y, por supuesto, app,  parece esconder el razonamiento de que ya hemos entrado en la modernidad y se han resuelto los problemas; pero, permítannos hacer un pequeño comentario sobre un detalle insignificante; si quieren ustedes, como también es nuestro deseo, optimizar y agilizar el servicio de mantenimiento, empiecen por cubrir los puestos de trabajo vacantes por bajas, jubilaciones, traslados, etc.

Para no extendernos demasiado, dejaremos el resto de aspectos que señalamos en el documento para otra ocasión.

Permítannos, hacer una reflexión final sobre la propuesta y la posición de las responsables de la misma. El inconveniente, para ellas, es que tienen que cumplir con aquellas tareas para las que fueron designadas y elegidas.

Otro inconveniente seria, que nos dotamos de normas, reglamentaciones, leyes o convenios que, además de ser de obligado cumplimiento (para todos), son las que garantizan el adecuado funcionamiento de la administración a la que pertenecemos. En esas reglamentaciones, también, se articulan las causas y los medios para modificarlas, adaptarlas, mejorarlas etc.

El problema para nosotras y nosotros, consecuencia de las nefastas políticas en la gestión de personal de los últimos equipos de gobierno, es tener que estar peleando continuamente para que “lo acordado” se cumpla, y para no perder ni un ápice de aquellos derechos y condiciones que nos hemos ganado y que sin lugar a dudas nos merecemos.  

Delegación de competencias a la Gerente de la ULL

Repetimos, nuevamente, algunos extractos de los Estatutos y de la delegación de competencias del Sr. Rector, por si nos pueden explicar qué parte es la que no les queda suficientemente clara o no entienden.

Si la cuestión es, que, a estas personas, no les gustan las funciones que tienen encomendadas; pues tiene fácil solución, dimitir.

Si la cuestión es otra, entonces, igual, “alguien” debería cesarlas.

Estatutos de la ULL

 


 

3 comentarios:

  1. Para que exigen en las opos, saber los estatutos y las funciones si los altos cargos no las saben o las ignoran directamente

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  2. Si, es muy triste, a la vez que preocupante, que una persona con responsabilidad de gobierno en la ULL, reconozca que no conoce los estatutos de la Institución, ni siquiera aquellos apartados en donde se regulan sus competencias y funciones.
    Una prueba más fue el correo enviado a las conserjerías, en el que ordenaba la emisión de los partes de mantenimiento o a un correo externo (hotmail) o al correo del director de secretariado que, como también debería saber, no tiene absolutamente ninguna competencia organizativa, ni administrativa.

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