lunes, 24 de octubre de 2022

¿El fin justifica los medios?



A nadie debería sorprender, a estas alturas, que este equipo de gobierno, o su gerente, no hayan sabido, podido y/o querido buscar soluciones (a pesar de las promesas) para aliviar el caos organizativo generado a lo largo de años de recortes y limitaciones presupuestarias. Es más, parece que lo hubieran utilizado para poner en evidencia los servicios universitarios y dificultar aún más su funcionamiento no dando cobertura a decenas de plazas vacantes en servicios fundamentales.

Lejos de reforzar los servicios que hubieran facilitado un desarrollo más pausado y eficiente de la convocatoria extraordinaria de consolidación, no han hecho nada.

A nadie debería sorprender, a estas alturas (a punto de caducar su mandato), la actitud diletante y dilatante del gerente de la ULL, “especialista” en llevar las negociaciones hasta el último minuto para imponer sus objetivos, forzando a la otra parte a tener que asumir aquello de “o lo tomas o lo dejas”. Por ese motivo nuestra sección sindical había solicitado desde mucho tiempo atrás la puesta en marcha de un plan de formación, exclusivamente, para la promoción interna, a sabiendas de que desde la gerencia no se estaba haciendo nada para reforzar el negociado de formación.

Por eso, sí que nos sorprendió, la decisión del Comité de Empresa (sin nuestra participación) de “acordar por unanimidad solicitar la supresión de los cursos de formación para la promoción, de aquellos Grupos Profesionales y Especialidades que se encuentren afectados por el Proceso Extraordinario de Estabilización, siendo esta una medida a tomar con carácter excepcional, motivada por la perentoriedad en la necesidad de publicación, antes del 30 de diciembre de 2022, de las convocatorias de aquellos puestos que finalmente puedan ser convocados por aplicación del proceso de estabilización”.

Para nosotras suprimir o recortar derechos a las personas trabajadoras, nunca es ni será una buena solución. Si esto nos parece grave, más aún nos resulta que sea el propio Comité de Empresa quien mansamente solicite y justifique una nueva vulneración del Convenio, restándole responsabilidad al gerente de la ULL. Tampoco nos parece muy edificante, ni que contribuya a mejorar el paupérrimo estado del movimiento sindical, que los sindicatos firmantes de un convenio decidan de manera arbitraria su aplicación o no.

¿El fin, justifica los medios? Y si es así, ¿Quién lo decide?

En noviembre del pasado año muchas de ustedes recibieron un correo de nuestra sección sindical en que incluíamos el borrador del catálogo de funciones “elaborado” por la Comisión Paritaria. El envío de ese correo que solo pretendía poner en conocimiento de todas lo que la Paritaria estaba “trabajando” nos supuso una crítica de parte del resto de los sindicatos acusándonos de ventajistas y de querer sacar rédito sindical.

En ese correo advertíamos de lo que podía pasar, pero no ha pasado así exactamente. La Paritaria no ha aprobado ese borrador, sin embargo, el Comité de Empresa (con la única excepción de Alternativa SOC) ha dado el visto bueno a la publicación de las bases de convocatoria incluyendo la modificación de las funciones de los puestos de trabajo y dando por bueno el borrador de la Paritaria lo que, a nuestro entender, supone una nueva violación del Convenio Colectivo.

Recordemos que en el artículo 12 del Convenio que ellos mismos negociaron dice que, entre otras, son competencias de la Comisión Paritaria: La interpretación, vigilancia, estudio, cumplimiento y aplicación de la totalidad del articulado y cláusulas del Convenio, actualizar el contenido normativo del presente Convenio Colectivo, en materias que supongan mejoras laborales y económicas para los trabajadores y las trabajadoras del presente Convenio…, estudiar, proponer y acordar, cuando proceda, la modificación, supresión o creación de grupos y especialidades profesionales, y su encuadramiento en el correspondiente nivel retributivodefinir las funciones conforme a la clasificación profesional del presente convenio. Añade además que la Comisión Paritaria seguirá desarrollando sus competencias mientras permanezca en vigor el presente Convenio Colectivo y se añade en la Disposición Adicional segunda que:  En el plazo máximo de 1 año desde la entrada en vigor del presente convenio, se creará una comisión en el seno de la Comisión Paritaria que elaborará un catálogo de funciones del PAS Laboral, “comprometiéndose” a negociarla y acordarla en el plazo de 3 meses desde su recepción.

Insistimos en que, a estas alturas, a nadie debería sorprender el uso de este tipo de artimañas por parte de los responsables de la ULL. Lo que si nos resulta sorprendente es la ligereza con la que algunos de “nuestros representantes sindicales” permiten, avalan y autorizan la vulneración del convenio colectivo, siempre a favor de los intereses de la universidad. Entendemos que la mayoría del personal consideraba el Convenio como una garantía de cumplimiento de sus derechos laborales, parece ser que eso no es así.

Por nuestra parte hicimos lo que teníamos que hacer, votar en contra, entendiendo la ilegalidad de hacer modificaciones en materia que no le corresponde a la Universidad de La Laguna ni al Comité de Empresa del Pas Laboral de la ULL y en el que algunos de sus miembros, solo por el hecho de serlo, han logrado hacer modificaciones en el “borrador” para mejorarlo en lo que respecta a su categoría profesional específica.

Este no es el Convenio que nos hubiera gustado tener, lo hemos repetido en muchas ocasiones, pero es el que tenemos y nuestra obligación es hacer que se cumpla.










 

 

 


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